San Germán Implanta Plan Anticorrupcción
Como parte del esfuerzo que realiza el Municipio Autónomo de San Germán para promover el uso honesto, efectivo y eficiente de los recursos del Gobierno Municipal y como parte del establecimiento del Programa de Prevención – Anticorrupción en coordinación con la Oficina del Contralor de Puerto Rico, se exhorta a todo(a) servidor(a) público(a) y/o ciudadano que tenga conocimiento propio de alguna situación donde algún(a) empleado(a) o funcionario(a) municipal haya incurrido en conducta constitutiva de corrupción gubernamental o actos antiéticos presente una querella ante el Comité de Ética Municipal mediante los siguientes métodos:
*Personalmente a la Oficina de Auditoría Interna ubicada en la Casa Alcaldía (2do piso)—Avenida Universidad Interamericana #136 San Germán, Puerto Rico
*Por escrito: PO Box 85 San Germán, Puerto Rico 00683
Atención Auditoría Interna
*Por e-mail: auditoriainterna@municipiodesangerman.com
*Por teléfono y fax: (24 horas) 787-264-4492
Existen leyes que protegen los derechos de las personas que denuncian actos de corrupción y las cuales evitan que se tomen represalias contra el denunciante de los actos. Estas leyes son:
Ley Número 14 del 11 de abril de 2001
Ley Número 426 del 7 noviembre de 2000
Para obtener copia de estas leyes puede comunicarse con la Oficina de Auditoría Interna o a través del Internet: www.municipiodesangerman.com.
Es nuestro deber ministerial como servidores(as) públicos(as) y ciudadanos promover una sana administración de la propiedad y los fondos públicos municipales; de observar conducta impropia que pueda constituir corrupción o violación a la Ley de Ética Gubernamental es nuestra responsabilidad informar tales hechos e identificar al funcionario(a) o empleado(a) municipal que está incurriendo en la misma.
Recomendamos seriedad, prudencia y responsabilidad al denunciar algún acto o conducta que se sospeche constituye corrupción ó sea antiética. Por lo tanto, exhortamos al denunciante a que no utilice este procedimiento con una clara intención de hacer daño mediante declaraciones falsas, infundadas, frívolas o mal intencionadas.
Gracias por su acostumbrada cooperación.
Procedimiento para la redactación de Querellas
Es importante destacar que toda querella recibida será confidencial. El nombre del querellante se mantendrá en absoluta confidencialidad, a menos que la persona autorice su divulgación.
Al momento de radicar una querella contra un (a) funcionario (a) o empleado (a) que haya incurrido en algún acto de corrupción o antiético, el denunciante deberá presentar la siguiente información:
Nombre del funcionario (a) o empleado (a) contra quien se hacen las imputaciones o alegaciones.
Departamento donde labora el (la) funcionario (a) o empleado (a).
Relación o descripción de los hechos que motivan la querella.
Informar si se utilizó propiedad municipal para la alegada comisión del acto ilegal; deberá proveer una descripción clara de la referida propiedad.
Fecha en que ocurrieron los hechos.
Forma o manera en que obtuvo conocimiento de las alegaciones.
Evidencia documental o testifical, de ser posible.
Nombres de posibles testigos.
Datos de la persona que somete la querella (esto es opcional).
o Nombre
o Dirección residencial y/o postal
o Teléfono (residencial, celular, y/o del trabajo)
o Dirección de correo electrónico
o En caso de ser necesario, si autoriza que sea revelado su nombre para propósitos de investigación.
o En caso de ser necesario, si está dispuesto a cooperar o suministrar información adicional.